Los pilotos de Plus Ultra estudian medidas ante el bloqueo de la negociación del convenio

Foto: Plus Ultra
Tras casi dieciocho meses desde que la Justicia instara a Plus Ultra a entablar conversaciones para la firma del primer convenio colectivo con la Sección Sindical de Sepla y la aerolínea, los pilotos denuncian la falta de progreso debido a la falta de voluntad negociadora por parte de la empresa. Entre las principales reivindicaciones que plantean es la mejora de las condiciones laborales de los tripulantes técnicos, que denuncian que están muy por debajo de las del sector.

El sindicato subraya que los pilotos están evaluando las acciones a tomar para proteger los intereses de los trabajadores, ante lo que consideran desde el sindicato “la constante falta de consideración por parte de la dirección”.

Esta semana, la aerolínea, rescatada en 2021 por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), ha cancelado nuevamente la reunión con los pilotos, según informa el sindicato. Esto lleva al incumplimiento del acuerdo de mantener, al menos, dos reuniones mensuales, participando solo en una de las cuatro programadas para febrero y marzo.

Según narran desde el sindicato, la postura inflexible de la dirección de la empresa está afectando la retención de talento en la aerolínea, con la salida de copilotos hacia empresas con mejores condiciones laborales. 

En un momento de expansión del sector de la aviación y crecimiento de Plus Ultra con el aumento de frecuencias, flota y operaciones chárter, Sepla considera incomprensible que la dirección continúe ignorando la disposición conciliadora demostrada por los pilotos.

Además, los tripulantes técnicos denuncia que la aerolínea no solo ignora sus demandas de equiparación laboral con el sector, sino que también, les ofrece condiciones laborales inferiores a las actuales.

Sepla recuerda que el Juzgado de lo Social número 47 de Madrid condenó a Plus Ultra el 10 de noviembre de 2022 a iniciar las negociaciones del Convenio Colectivo con la sección sindical, ya que su negativa vulneraba el derecho fundamental a la libertad sindical, siendo además condenados al pago de una indemnización resarcitoria.


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