La Sala de lo Social estimó la medida cautelar urgente solicitada por CGT, que cuestiona el proceso negociador y denuncia una posible vulneración del derecho de huelga. La resolución no entra aún en el fondo del litigio, pero impide celebrar la consulta antes de la vista sobre las cautelares.
Una consulta paralizada
La vista cautelar está fijada para el 24 de septiembre, precisamente la jornada prevista para iniciar la votación. Esta coincidencia fue uno de los argumentos de CGT para reclamar la suspensión, al considerar que la plantilla no debía pronunciarse antes de que el tribunal analizase sus alegaciones.
El auto mantiene en suspenso el calendario de Airbus España, pero no invalida definitivamente la consulta ni el contenido del preacuerdo. Tras la vista, la Audiencia Nacional podrá mantener, modificar o levantar la medida, lo que abriría la posibilidad de convocar el referéndum en una nueva fecha.
El origen del conflicto
El conflicto laboral comenzó el 1 de julio, con una primera huelga hasta el 24 de ese mes. Posteriormente, CGT, UGT y ÚTIL convocaron una huelga indefinida el 25 de agosto, que seguía vigente formalmente, aunque los paros quedaron pausados desde el 9 de septiembre.
La propuesta sometida a consulta fue presentada el 4 de septiembre, tras la mediación del Ministerio de Industria y Turismo. El texto contó con el respaldo de CCOO, SIPA y ATP-SAE, mientras CGT y ÚTIL criticaron haber quedado fuera de la reunión que facilitó el preacuerdo.
Salarios, teletrabajo y garantías
El preacuerdo contempla el abono del IPC real y una recuperación del poder adquisitivo del 7,95% hasta 2029, distribuida durante cuatro años. También mantiene el acuerdo vigente de teletrabajo, una de las condiciones laborales incluidas en la negociación.
Airbus defendió que su propuesta constituye una solución equilibrada y avanzó que la votación tendría auditores de los sindicatos que quisieran participar, además de PwC como tercero externo. La compañía buscaba reforzar la transparencia de un procedimiento discutido por parte de la plantilla.
La empresa sostuvo asimismo que preservaría íntegramente los elementos del acuerdo si el texto era ratificado, dado que el documento debía redactarse en su versión final antes de una eventual publicación oficial. Parte de los trabajadores expresó dudas sobre la concreción definitiva de las cláusulas.
Si el texto no obtenía respaldo, Airbus advirtió de que los términos ofrecidos no podrían aplicarse y volvería a regir el marco normativo de abril, origen del conflicto estival. La suspensión judicial añade incertidumbre a una negociación relevante para la industria aeronáutica española.

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