La reforma fue promulgada por el presidente Santiago Peña mediante la modificación de la Ley de Turismo 2.828/05, que regulaba la actividad del sector en Paraguay. En concreto, se suprimió el inciso F del artículo 33, que permitía a las agencias de viajes percibir por la comercialización de pasajes aéreos un porcentaje no menor al 6% de la tarifa, monto que debía ser abonado por las aerolíneas.
Hasta ahora, ese 6% se traducía en una comisión obligatoria vinculada a la venta de billetes a través de los intermediarios, lo que incrementaba los costos de distribución para las compañías. Con la derogación del inciso, se elimina esta carga y se abre la puerta a un esquema de negociación libre de comisiones entre aerolíneas y agencias, adaptado al auge de la venta directa por internet.
El Gobierno paraguayo sostiene que la eliminación del impuesto reducirá los costos operativos de las aerolíneas y permitirá que esa mejora se traslade a los usuarios mediante tarifas más accesibles. La Presidencia remarca que el cambio normativo busca que más paraguayos puedan conectarse con una mayor oferta de destinos internacionales.
Desde el punto de vista del mercado, el fin de esta comisión mínima obligatoria supone una señal de apertura para nuevos operadores interesados en ingresar al país. Un marco más flexible en materia de distribución y costos puede favorecer el retorno o la llegada de aerolíneas que evaluaban a Paraguay con menor atractivo por su estructura de gastos.
Las autoridades apuntan a que el impacto no se limite al aeropuerto internacional Silvio Pettirossi de Asunción, principal puerta de entrada aérea al país. La expectativa es que la mejora de condiciones pueda traducirse también en más rutas hacia ciudades como Encarnación y Ciudad del Este, ampliando la malla de conexiones internas y regionales.
La reforma se inscribe en una política más amplia de actualización del marco jurídico del turismo, concebido en la Ley 2.828/05 como una actividad de servicios de libre iniciativa privada y libre competencia. Con la supresión de la comisión mínima, el esquema paraguayo se alinea mejor con las prácticas actuales de comercio electrónico, en las que conviven ventas directas y distribución a través de agencias físicas y plataformas digitales.
Para el pasajero, el efecto más visible debería ser una progresiva reducción del precio final del billete, tanto en rutas regionales como en conexiones de largo radio que operan desde Asunción. No obstante, el ajuste de tarifas dependerá de la estrategia comercial de cada aerolínea y del nivel de competencia en cada ruta, por lo que el impacto puede variar entre mercados.
En el corto plazo, las compañías disponen de un incentivo adicional para explorar nuevas frecuencias o destinos desde Paraguay, al contar con una estructura de costos más ligera en la fase de comercialización. A medio plazo, el Gobierno confía en que esta mayor conectividad impulse el turismo receptivo y el tráfico corporativo, factores clave para el desarrollo económico y la integración aérea del país en Sudamérica.
La decisión se produce en medio de las negociaciones para implantar el anunciado vuelo directo entre Asunción y Miami, luego que Gol dilatara su inicio y American Airlines no mostró interés, aunque se menciona la posibilidad de que lo pudiera realizar Jetsmart.

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