AENA aprueba el inicio de la tramitación de los planes directores de Barajas, El Prat y Gerona



El Consejo de Administración de AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) ha aprobado el inicio de la tramitación de los planes directores de Madrid/Barajas, Barcelona/El Prat y Gerona/Costa Brava. Las principales actuaciones que se contemplan en la instalación de la capital de España la ampliación del Edificio Procesador de la terminal T4 en unos 85.000 m2. para atender la demanda de tráfico esperada; la expansión de la T4S en 50.000 m2. y del Procesador Central y se prolongará el dique Norte para crear siete nuevos puestos de estacionamiento de contacto para aeronaves de gran tamaño intercontinentales; el incrementode la plataforma de estacionamiento de aeronaves y la reposición de las rodaduras afectadas, asociada a la ampliación de la T4S hacia el Norte.

En El Prat será necesaria la creación de nuevas puertas de embarque y para ello, se construirá un nuevo edificio satélite asociado a la T1, que potenciará el crecimiento de destinos intercontinentales. Además, se readaptarán las instalaciones de la T1 a la demanda prevista, la conexión automatizada para pasajeros y el sistema de tratamiento de equipajes del nuevo edificio satélite con la T1, que facilitará así la estrategia de centro de distribución de tráfico (hub). La plataforma de estacionamiento de aeronaves asociada al nuevo edificio satélite tendrá 17 nuevos puestos de gran tamaño y se habilitarán las calles de rodaje necesarias. Habrá un nuevo edificio de aparcamiento de vehículos junto a la T1. En Gerona se ampliará el área terminal de pasajeros en aproximadamente 60.000 m2. y la plataforma de estacionamiento de aeronaves en unos 52.000 m2. Existirá una estación de AVE en el aeropuerto, con servicios de tren de alta velocidad y de lanzadera desde el centro de Barcelona.

Una vez iniciados los trámites de los planes directores, la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) llevará a cabo los preceptivos procedimientos de tramitación para su aprobación, que está regulada por el Artículo 5 del RD 2591/1998, donde se especifica que tienen que ser informados por varios ministerios y por las administraciones públicas afectadas por la delimitación de la zona de servicio del aeropuerto que ostenten competencias en materia de ordenación del territorio y de urbanismo. Antes de ser aprobados por el Ministerio de Fomento, también deben ser informados por el Comité de Coordinación Aeroportuaria de la respectiva Comunidad o Ciudad Autónoma, según el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio. Adicionalmente, se debe llevar a cabo la Evaluación Ambiental Estratégica de los Planes Directores, en base a la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, logrando así integrar esos aspectos en la toma de decisiones de los instrumentos de planificación.

Fotografía: Terminal T4 de Barajas.

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