Un sindicato polaco pide investigar los contratos como autónomos de pilotos y tripulantes de Ryanair. Bajo esta modalidad, el profesional factura sus servicios y gestiona sus impuestos y cotizaciones, en lugar de tener un contrato laboral. El sindicato Związkowa Alternatywa cuestiona si esa independencia se corresponde con el trabajo que realizan.
La organización sindical presentó la solicitud el 17 de agosto ante la Inspección Nacional de Trabajo de Polonia, conocida como PIP. La petición afecta a Ryanair Sun, que opera con la marca Buzz, y a sus sociedades dependientes. El sindicato sostiene que la organización del trabajo presenta características propias del empleo por cuenta ajena.
Antecedentes y cambio legal
El modelo tiene antecedentes. Reuters informó en octubre de 2018 de que Ryanair mantendría el traslado del personal polaco a contratos de autónomos pese al rechazo sindical. La modificación coincidía con el traspaso de operaciones a Ryanair Sun y ya generó advertencias sobre la pérdida de derechos asociados al empleo.
En aquel momento, Kenny Jacobs, responsable de marketing de Ryanair en aquel momento, defendió que esos acuerdos eran habituales en el mercado regional. Esa posición corresponde a 2018 y no constituye una respuesta empresarial a la solicitud de investigación presentada en agosto de 2026.
El contexto legal ha cambiado desde 2018. Una reforma vigente desde el 8 de julio de 2026 permite a la Inspección de Trabajo de Polonia reconocer una relación laboral mediante una decisión administrativa, tras requerir la corrección de las irregularidades. Antes debía acudir a los tribunales para obtener ese reconocimiento obligatorio.
La reforma no prohíbe contratar autónomos ni cambia la definición de empleado. Refuerza las herramientas para detectar relaciones laborales encubiertas. Su aplicación a Ryanair Sun dependerá de las pruebas reunidas durante la inspección, y las partes podrán recurrir la decisión ante los tribunales laborales.
La organización sindical invoca el artículo 22 del Código de Trabajo polaco y reclama que la inspección examine los contratos y la prestación efectiva de los servicios. Su objetivo es determinar si existen relaciones laborales encubiertas bajo acuerdos mercantiles. La denuncia no supone que las autoridades hayan declarado ilegales esos contratos.
El debate contractual coincide con las quejas sobre la remuneración. Gazeta Wyborcza publicó el 2 de septiembre testimonios de tripulantes que aseguran realizar tareas en tierra sin pago específico y cobrar por el tiempo que permanecen en el aire. Uno de ellos describe jornadas de 11 horas con seis horas remuneradas.
La contratación como autónomos no se limita a Polonia. El portal de empleo de Ryanair también ofrece esta modalidad para tripulantes de Buzz en Budapest, Hungría, y Praga, República Checa. Los anuncios confirman su presencia en otros mercados.
Tareas en tierra e ingresos
El trabajador, identificado como Andrzej, explicó al medio polaco Gazeta Wyborcza que debe presentarse 45 minutos antes de la salida para revisar el avión y su equipamiento. Según su relato, ese tiempo no se paga. Las comprobaciones previas forman parte de la jornada que denuncia, aunque no estén incluidas en las horas de vuelo por las que recibe remuneración.
Otros testimonios sitúan las tarifas iniciales alrededor de 24 euros brutos por hora de vuelo y describen ingresos sujetos a la actividad asignada. Los profesionales deben descontar las cargas de su condición de autónomos. Estas cifras proceden de trabajadores entrevistados y no constituyen una tabla salarial comprobada para toda la plantilla.
La estacionalidad añade incertidumbre. Una tripulante destinada en Modlin, cerca de Varsovia, describe unos meses de temporada alta con alrededor de 100 horas en el aire, frente a unas 50 en otoño e invierno. La reducción de vuelos asignados repercute en los ingresos cuando la remuneración depende de esa actividad.
La cobertura de los medios polacos permite precisar el alcance del procedimiento. El portal digital polaco Fakty Plus informó el 18 de agosto de que la Inspección Nacional de Trabajo de Polonia (PIP) había recibido la solicitud contra Ryanair Sun, pero todavía no había iniciado la inspección.
El marco español es diferente. El convenio de Ryanair DAC, publicado en el BOE en enero de 2026, regula las condiciones de sus tripulantes de cabina en España e incluye salario base y pagos vinculados a horas bloque programadas.
La cuestión central en Polonia es si la independencia que reflejan los contratos coincide con la organización real del trabajo. El sindicato pide que la inspección lo compruebe y reúna pruebas antes de determinar si corresponde reconocer una relación laboral y los derechos vinculados a ella.

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