Normalización del servicio aéreo garantizada
La medida, que comenzó a regir a partir de las 00:00 horas del 11 de julio de 2025, garantiza el funcionamiento normal del servicio esencial de navegación aérea en todos los aeropuertos del país durante las vacaciones de invierno. La decisión se enmarca en la Ley Nacional 14.786 y establece un período de conciliación de 15 días.
ATEPSA había anunciado un cronograma de paros que incluía retenciones de tareas para los días 11, 12, 13, 15, 18, 20, 24, 25, 27 y 30 de julio, medidas que afectarían gravemente las operaciones aéreas en plena temporada alta invernal. Las acciones se desarrollarían entre las 12:00 y las 14:00 horas, interrumpiendo autorizaciones de despegues, circulación de vehículos en pista y gestión de planes de vuelo.
Origen del conflicto y nuevos reclamos
El enfrentamiento escaló debido a la incorporación de nuevas reclamaciones por parte de ATEPSA, motivados por una serie de despidos que EANA realizó recientemente como parte de un proceso para "optimizar la estructura de la empresa". El gremio exigía la reincorporación de aproximadamente 15 trabajadores despedidos.
La situación se sumaba a un conflicto salarial que se arrastra desde hace 10 meses, con congelamiento de salarios en el sector, pese a que EANA tiene superávit y se autofinancia. El gremio denuncia que estas condiciones no solo afectan a los trabajadores, sino también comprometen la seguridad operacional, ya que muchos controladores se ven obligados a realizar trabajos adicionales fuera del horario laboral.
Impacto económico y turístico evitado
Las medidas contempladas por el sindicato habrían tenido un impacto significativo durante las vacaciones de invierno, período en el que múltiples provincias argentinas tienen su receso escolar. La programación de Aerolíneas Argentinas para julio contempla más de 330 vuelos diarios y una oferta superior a 1,4 millones de asientos, mientras que la industria del turismo receptivo esperaba un flujo importante de visitantes, especialmente desde Brasil.
La Cámara de Líneas Aéreas en Argentina, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y la Asociación Latinoamericana y del Caribe de Transporte Aéreo (ALTA) habían advertido que las medidas conllevaban "inevitablemente" cancelaciones de vuelos con pérdidas para pasajeros, líneas aéreas y otros actores del turismo.
Términos de la conciliación obligatoria
La resolución establece que ATEPSA y los trabajadores representados por el gremio deben suspender toda medida de acción directa y prestar servicios de manera normal y habitual durante el período conciliatorio. Por su parte, EANA debe retrotraer los despidos producidos por el plazo que dure el procedimiento.
Desde el Ministerio de Capital Humano señaló que "el Estado Nacional tiene el deber de garantizar la continuidad de los servicios esenciales para sus ciudadanos y resguardar el interés público, sin desatender los derechos laborales ni los mecanismos de negociación colectiva".
Reacción del gremio y medidas complementarias
Desde ATEPSA confirmaron que acatarán la conciliación obligatoria, aunque adelantaron que recurrirán a la Justicia por considerar que la decisión es ilegal, argumentando que esta instancia ya había sido transitada anteriormente. El gremio anunció una movilización en el Aeropuerto de Ezeiza para el viernes 11 de julio a las 11:00 horas.
La normalización del servicio de navegación aérea no afecta otros conflictos gremiales en el sector. La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) mantiene su convocatoria a paro para el 19 de julio en rechazo al Decreto 378/2025, medida que se desarrollará durante todo el día.
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