Regiones brasileñas aplican grandes rebajas impositivas al combustible de aviación



Algunos estados  reducen ostensiblemente su ICMS (IVA regional, pues en Brasil no existe el nacional) a estos hidrocarburos. El gobierno de São Paulo formalizó la reducción de la alícuota del Impuesto sobre Circulación de Mercancías y Servicios (ICMS) que incide sobre el combustible de aviación en el estado. La alícuota pasará al 12%, frente a los actuales 25%, a partir de abril, en los suministros para vuelos regulares domésticos. La reducción en el tributo que incide sobre el queroseno de aviación comercializado en São Paulo es una antigua reivindicación de las compañías aéreas. Según estudios del sector, el precio del combustible representa alrededor del 40% del costo operativo total de las empresas.

En cambio, las principales compañías aéreas brasileñas se comprometieron en casi doblar el número de ciudades paulistas atendidas por vuelos regulares, pasando de siete a 13 localidades. Las empresas todavía pretenden inaugurar otros 64 vuelos nacionales, todos en proceso de definición. El número total de frecuencias semanales será equivalente a 490 partidas que deberán ser iniciadas en hasta 180 días, después de su formalización por la ANAC.

Según el estudio de la Asociación Brasileña de las Aerolíneas (Abear), la reducción proporcionará la creación de nuevos vuelos y promover un estímulo económico generado por el aumento de los ingresos con el turismo que podrá proporcionar al estado un aumento anual de hasta 2.000 millones de dólares en el Valor Bruto de la producción, además de la generación de 59 mil empleos y el pago de unos 550 millones en salarios. La entidad todavía estima-para el resto del año- un impacto económico en el estado de más de 95 millones de dólares.

También está en negociaciones una campaña conjunta para promover el programa de escala. El programa común en ciudades del exterior permite que el pasajero en conexión, en el caso en São Paulo, pueda optar por permanecer al menos un día en alguna ciudad paulista y aprovechar las ofertas locales de ocio, compras, cultura o naturaleza antes de desplazarse al exterior destino final. El estado de Tocantins-en el centro norte del país- siguió los mismos pasos y reducirá el impuesto para de 14 a 3%. El gobernador de Tocantins, Mauro Carlesse, firmó el viernes 8 la medida que prevé la reducción de la base de cálculo del Impuesto sobre Operaciones Relativas a la Circulación de Mercancías y sobre Prestaciones de Servicios de Transporte interestatal e intermunicipal y de comunicación (ICMS ) en las operaciones internas con Queroseno de Aviación (QAV) y Gasolina de Aviación (GAV).

La alícuota, que era del 14%, pasa a ser reducida de forma progresiva entre el 7% y el 3%, conforme la inversión de la aerolínea en la aviación comercial dentro del Estado. La intención del Gobierno, con la decisión, es fomentar el sector de aviación en el Estado, oportunizando la ampliación del número de rutas de vuelos que contemplan el Tocantins como punto de partida y de llegada, teniendo referencia no sólo a Capital, Palmas, sino también otros municipios. Se reduce la base de cálculo del ICMS en las operaciones internas con QAV y GAV, de forma que la carga tributaria resulte en los siguientes porcentajes sobre el valor de la operación: La primera será del 7% en el supuesto de que la empresa mantenga vuelos regulares destinados al Estado, la segunda será del 5% en la hipótesis de la empresa de mantener vuelos regulares destinados al Estado e implementar una ruta destinada a otra unidad de la federación. Ya en la tercera franja, el valor será del 3% en la hipótesis de la empresa de mantener vuelos regulares destinados a dos o más municipios del Estado e implementar ruta destinada a otra unidad de la federación.

El beneficio fiscal previsto en esta Medida Provisional está condicionado a la atención de los siguientes requisitos por parte de la empresa beneficiaria: El mantenimiento de vuelos regulares destinados a este Estado; el mantenimiento de las rutas existentes; inscripción regular en el Catastro de Contribuyentes de este Estado; inexistencia de débito de su responsabilidad inscripto en deuda activa, excepto aquel cuya exigibilidad esté suspendida; pago del 0,3% sobre el valor de la operación, en concepto de contribución de costeo, al Fondo de Desarrollo Económico de Tocantins.

Años atrás, Rio Grande do Sul había exonerado de combustible a las aerolíneas, proporcionalmente al número de aeropuertos riograndenses atendidos. (Javier Bonilla, corresponsal del Grupo Edefa en Brasil)

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