El Ministerio de Defensa del Perú asume control de aeropuertos y puertos frente a pandemia de COVID-19

La Presidencia del Consejo de Ministros, a cargo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel para el control del Coronavirus, designó al Ministerio de Defensa (MINDEF) – a través de las Fuerzas Armadas - coordine las acciones de control en puertos y aeropuertos con el fin de mitigar la propagación del COVID19 en el país.

Las Fuerzas Armadas apoyarán además al Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, en la trazabilidad de todos los contactos que haya tenido un paciente que resulte positivo para coronavirus, con el fin de localizarlos y hacer seguimiento a los posibles contagios. Al respecto, el Ministro de Defensa, Walter Martos Ruiz indico que su función será la será “la de coordinar con el Ministerio de Salud, la Dirección General de Migraciones y las empresas responsables de la administración de los aeropuertos, para determinar todo el flujo del pasajero o turista que llega a cada ciudad, y los protocolos de control y sanidad”.

A tal efecto, se ha establecido un Puesto de Comando en la sede del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en Lima para que concentre toda la información referida a las acciones de control de puertos, aeropuertos y las fronteras de Ecuador, Bolivia y Chile. El jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), general de brigada (r) Jorge Chávez Cresta, será el coordinador en el Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”, mientras que, en los aeropuertos del interior del país, como Arequipa, Cusco, Chiclayo y Trujillo se designó a oficiales de las Fuerzas Armadas. La coordinación del control de puertos está a cargo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI).

De otro lado, trascendió que el Ministerio de Defensa emitió la Directiva General N° 005-MINDEF/DGRRHH “Prevención y Control del Riesgo de Introducción del Coronavirus COVID-19 en el Sector Defensa. Elaborada por la Dirección General de Recursos Humanos – vía la Dirección de Sanidad (DISAN) y aprobada el pasado 9 de marzo – directiva tiene por objetivo la implementación y adopción de las medidas de prevención, control y de vigilancia epidemiológica que permitan responder de forma adecuada y oportuna a los posibles casos de COVID19.

La norma establece, como disposiciones generales, que los órganos y organismos del Sector Defensa – que contaran con un Comité Ad-Hoc - deberán elaborar un Plan de Contingencia para la prevención y control del COVID 19, y asignar los recursos humanos (que deberán ser capacitados permanentemente, logísticos y de infraestructura que se requieran. En las disposiciones específicas, se indica, entre otros aspectos, que se deben evitar actividades masivas y asegurar los recursos y medios necesarios para las medidas de prevención como son el jabón, alcohol gel y mascarillas; que los viajes al exterior de duración menor a tres meses quedan restringidos y en casos excepcionales se evaluara su relevancia y necesidad; que el personal militar o civil que retorne de un viaje proveniente de alguno de los países declarados en riesgo por la OMS deberá permanecer en aislamiento preventivo domiciliario bajo supervisión y que aquellos funcionarios que presenten síntomas deben ser evaluados y derivados, a la institución de salud correspondiente.

Finalmente, se detallan las medidas a implementar en las fases pre-epidémica y epidémica, y se dispone que cada órgano y organismos del Sector Defensa asignen los recursos presupuestarios que se requieran. (Alejo Marchessini, Corresponsal de Grupo Edefa en Lima)


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